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Salud

Prohíben la esterilización sin consentimiento a personas con discapacidad

Ley 27.655 prohíbe la esterilización a persona con discapacidad sin su consentimiento.

La nueva norma establece que todas las personas tienen derecho a brindar su consentimiento para la realización de intervenciones como la ligadura de trompas o la vasectomía, a recibir información en formatos accesibles, a acceder a los apoyos que les permitan consentir en forma autónoma, y a que se adopten salvaguardias para evitar la sustitución en la toma de decisiones.

Con argumentos tan falaces como «evitar violaciones», «que no se indisponga más», «las discapacidad es heredable» o «no pueden cuidar a nadie», a lo largo de la historia muchas mujeres con discapacidad fueron esterilizadas sin su consentimiento, situación a la que busca poner fin la Ley 27.655, de reciente sanción, la cual es pionera en la región.

«Con esta ley, Argentina es el primer país latinoamericano en prohibir específicamente las esterilizaciones forzadas de personas con discapacidad (PCD)», dijo a Télam la ex diputada nacional e integrante de la comisión directiva de la Red de Personas con Discapacidad (REDI), Gabriela Troiano.

«Es un avance histórico para la concreción de los derechos sexuales y reproductivos de las PCD, porque implica adecuar la normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene rango constitucional», aportó Elsa Schvartzman de la asociación FUSA, que promueve de los derechos sexuales y reproductivos de adolescentes y jóvenes.

Es que hasta la reforma aprobada el pasado 9 de diciembre, la Ley 26.130 permitía que las PCD fueran sometidas a ligaduras de trompas o vasectomías sin su autorización, a pedido de sus familias o representantes legales lo que según las organizaciones de derechos humanos que impulsaron los cambios, «resultaba violatoria de su derecho a la salud, a la igualdad y no discriminación y a una vida libre de violencia basada en género».

La nueva redacción establece que todas esas personas, sin excepción, tienen derecho a brindar su consentimiento informado para estas intervenciones, a recibir información en formatos accesibles (lengua de señas, sistema Braille, lenguaje claro, entre otros), a acceder a los apoyos que les permitan consentir en forma autónoma, y a que se adopten salvaguardias para evitar la sustitución en la toma de decisiones.

Rada Tilly

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